29 junio 2023
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Tipo legal de interés de demora para el segundo semestre de 2023

El tipo legal de interés de demora a aplicar a las operaciones comerciales durante el segundo semestre natural de 2023 se establece en el 12%.

Mario Cantalapiedra - Economista

El tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales en España continúa aumentando debido al incremento de tipos oficiales emprendido por parte del Banco Central Europeo (BCE) para tratar de reducir la inflación.

En concreto, el tipo legal de demora durante el segundo semestre de 2023 se ha establecido en el 12%, según la Resolución de 28 de junio de 2023 de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional. Este tipo se calcula sumando 8 puntos porcentuales a la tasa del 4% establecida por el BCE en su en su última operación principal de financiación del primer semestre de 2023, llevada a cabo el 27 de junio.

Por tanto, y según lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el 12% es el tipo de interés de demora a aplicar por defecto en el caso de morosidad en el pago de las facturas, siempre que no se haya pactado otro distinto en el contrato firmado con el deudor.

Los intereses de demora surgen automáticamente si no se paga en el plazo pactado o legalmente establecido sin necesidad de aviso ni requerimiento previo. El acreedor tiene derecho a ellos siempre que haya cumplido sus obligaciones contractuales y legales y no haya recibido a tiempo la cantidad debida, salvo que el deudor demuestre que no es responsable del retraso.

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