Mediación simplificada por medios informáticos para reclamar deudas de menos de 600 euros

El pasado 13/12/2013 el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se vienen a desarrollar distintos aspectos pendientes de desarrollo del Real Decreto Ley 5/2012 de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles. En un artículo anterior de este foro ya hablamos de la posibilidad que establecía el R.D.L. 5/2012 de acudir a un proceso simplificado de mediación que, a través de una tramitación on-line, permitiría la reclamación de deudas cuyo importe no superase los 600 euros. Pues bien, el Real Decreto aprobado el 13/12/2013 desarrolla cuál ha de ser dicha tramitación que puede resumirse en los siguientes pasos:
La mediación informática simplificada no podrá durar más de un mes desde la solicitud, salvo que ambas partes consensuen la prórroga de dicho período.
Habrá que atender a la práctica para ver si este método resulta finalmente utilizado y, en ese caso, si su efectividad alcanza los niveles deseables de éxito. En cualquier caso opino que se trata de una alternativa interesante, un procedimiento económico en tiempo y dinero y, a la vez sencillo, para reclamar muchos adeudos que por su cuantía muchas veces se dejan de reclamar por una mera cuestión de coste de oportunidad, muchas veces reclamar 200 euros, por ejemplo, judicialmente resulta antieconómico.
Fdo: Gonzalo Quiroga Sardi – Abogado
Socio AGM ABOGADOS - MADRID