12 febrero 2010
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El “Dunning Harassment” a los morosos

La lentitud de los instrumentos judiciales para cobrar a los morosos recalcitrantes ha provocado la aparición de empresas privadas que se dedican a la recuperación extrajudicial de deudas que emplean el hostigamiento y acoso al deudor, lo que he bautizado como “Dunning Harassment” © .

Por Pere Brachfield, morosólogo y profesor de EAE Business School

La lentitud de los instrumentos judiciales para cobrar a los morosos recalcitrantes ha provocado la aparición de empresas privadas que se dedican a la recuperación extrajudicial de deudas que emplean el hostigamiento y acoso al deudor, lo que he bautizado como “Dunning Harassment” ©.

Así pues, el “Dunning Harassment” es el mobbing practicado por ciertas agencias de recobro contra los deudores. Así pues en lo referente al recobro de impagados,  España tiene agencias de recobro que en pleno siglo XXI todavía utilizan dos de los métodos más primitivos a la hora de perseguir a los morosos recalcitrantes: por una parte hay agencias que envían detrás del deudor a un cobrador disfrazado y por otra hay compañías de cobro de morosos que utilizan “métodos expeditivos” para obligar a los deudores a pagar.

Estos métodos de recuperación de deudas que constituyen lo que he  calificado como “Dunning Harassment” sólo son utilizados de forma habitual en España, por lo que nuestro país se ha convertido en una singularidad en el ámbito europeo de la recuperación de impagados. Por consiguiente "Spain is different" en lo que concierne a la recuperación de impagados, puesto que sólo en España (debido a la laguna legal existente) se usan estos métodos tan estrafalarios a la hora de perseguir a los morosos. En el resto de los países europeos está absolutamente prohibida la utilización de cobradores disfrazados ya que se consideran una vulneración a los derechos de imagen e intimidad de los ciudadanos y además hay leyes que prohíben el acoso o humillación a los morosos. Asimismo están prohibidas todas las prácticas que supongan un acoso o persecución a los deudores.

Uno de los sistemas de cobro, el que utiliza cobradores disfrazados,  se basa en la humillación pública del deudor, seguirlo a donde sea y recordarle insistentemente que debe dinero a determinado acreedor. Los cobradores disfrazados persiguen al presunto moroso por las calles, lo siguen al trabajo, a su casa, al club deportivo, etc. Los cobradores disfrazados para desplazarse utilizan generalmente vehículos pintados de negro o de color blanco, en los que han pintado los logotipos y marcas de la compañía  en letras muy grandes. El objetivo es estacionar estos coches frente a la casa o la sede social del deudor y mediante megáfonos exigir que pague la presunta deuda, de modo que todo el barrio se entera que allí vive un supuesto moroso. Consiguientemente la humillación pública es el método usado por este tipo de agencias de cobro llegando al extremo de España de ridiculizar al presunto deudor llevando el acoso físico y moral a límites de mobbing.

Otro de los sistemas empleados por agencias que emplean métodos resolutivos, constituyen prácticas de presión que son realmente violentas. Además de realizar seguimientos y visitas en el domicilio de los deudores, también realizan “pressing” para llegar a lo que llaman “la voluntad de pago”.

Todo el tiempo dejan en claro que el objetivo es molestar, generar presión, incomodar a la gente llegando a amenazar, coaccionar, insultar y vejar a los presuntos deudores. Las conductas de estos gestores de cobro han sido calificadas por numerosas Salas de las Audiencias Provinciales y Juzgados como constitutivas de delitos o faltas de coacciones, amenazas, vejaciones, vulneración del honor y realización arbitraria del propio derecho.

En cuanto la legalidad de este método de cobro, vale la pena señalar que la Constitución Española, en el capítulo de los derechos fundamentales de los españoles, dicta en el apartado primero de su artículo 18: “Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”.

A principios de 2010, España continua siendo el único Estado miembro de la Unión Europea que no tiene regulada la actividad del recobro extrajudicial de deudas. No existe ninguna ley, orden ministerial o reglamento que regulan esta actividad. Bajo mi punto de vista es paradójico que en un Estado como el Español tan legalista y reglamentista, que suele exigir para todo trámites interminables, y que solicita permisos, licencias por toda actividad empresarial, no existe en España ninguna normativa que regule a estas empresas de recobro ni los procedimientos que se pueden emplear para reclamar las deudas. En mi opinión la administración ha actuado con desidia en relación a este punto, por lo que no se ha preocupado hasta ahora en regular la gestión privada del cobro de deudas. Consecuentemente no existe por el momento una normativa legal –ley, orden ministerial o reglamento– que regule la actividad del recobro de deudas, por lo que debido a esta laguna jurídica, en el sector del recobro existe una gran heterogeneidad en lo que se refiere a las empresas que operan en el mercado.

En consecuencia España junto con Venezuela (existe la empresa Doctor Diablo's y Asociados) son los únicos países del mundo civilizado en los que no existe una legislación que prohíba expresamente que las agencias de recobros utilicen métodos basados en el “Dunning Harassment” ©, o sea en acosar y en perjudicar la imagen de los presuntos deudores.

La empresa venezolana Doctor Diablo's y Asociados tiene como lemas: “Doctor Diablo's lleva a los morosos al infierno” y “la vergüenza paga”. Para ello envía lo que la agencia de recobros denomina “comando móvil” para atacar la moral y la reputación de sus víctimas. El comando móvil antimoroso lleva al escarnio público al deudor con el objetivo de dinamitar su imagen. Dicho comando incluye cuatro "diablillas sexys", el chófer, dos perros “rotweiler”, dos monos, un abogado, varios guardaespaldas y un actor disfrazado de Diablo que van a visitar al moroso para recordarle que tiene una deuda. A las "diablillas" (todas son jóvenes y guapas modelos) las llevan para contrarrestar la parte agresiva del comando y para dar un toque diferente a la coacción. La comitiva se traslada en vehículos todoterreno tuneados en colores llamativos y con potentes altavoces. Asimismo se van creando comandos que llamen todavía más la atención. Una de las más recientes creaciones ha sido el comando de los "Diablos Mariachis"; éste fue creado para celebrar los aniversarios de deudas antiguas. Así pues, cuando los morosos cumplen uno, dos o tres años con deudas impagadas se les envía a dicho comando y le cantan canciones alusivas a su deuda.

No hay que olvidar que el Derecho Español determina que los únicos que pueden dictaminar si una persona física o jurídica es realmente morosa son los tribunales de justicia puesto que sin una resolución judicial firme nadie puede ser obligado a pagar una presunta deuda ni puede ser considerado definitivamente como moroso.

Como ejemplos a seguir por parte de España, tenemos a dos países Latinoamericanos: Perú y  Colombia, en los que hasta hace unos años existían empresas de cobro que utilizaban cobradores disfrazados (en Perú los hombrecitos de amarillo y el Colombia “los Chepitos” que iban disfrazados de Charlot) y dónde recientemente se han aprobado leyes que prohíben taxativamente la utilización de cobradores disfrazados que acosen a los ciudadanos.

Por lo que se refiere a la futura regulación de las actividades de recuperación de deudas, en marzo de 2009 el Congreso de los Diputados instó al Gobierno a crear, a petición de Convergència i Unió, un marco jurídico que regule las actividades orientadas a recuperar deudas. Acerca de esta iniciativa legislativa, la Comisión de Economía y Hacienda aprobó por unanimidad una Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Catalán (CiU), consensuada con los grupos parlamentarios de PSOE y ERC-IU-ICV, en la que instaba al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para crear un marco jurídico de actuación de la actividad para recuperar las deudas y créditos impagados. En la misma línea, el Congreso pidió que se asegure la debida protección de los ciudadanos frente a aquellas actuaciones que atentan a la dignidad de las personas o invadan su intimidad en ocasión de la reclamación de impagos.

En relación con la futura normativa del sector de la cobranza, en enero de 2010 el Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados solicitó al Gobierno una regulación urgente de las empresas de cobro de morosos para evitar las prácticas coactivas. El PSOE solicitó formalmente al Gobierno que aborde la regulación de las empresas de gestión de deuda y cobro a morosos para establecer un sistema de garantías a empresas y ciudadanos.

 

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