09 enero 2015
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Ya es obligatorio publicar en la página web de la empresa el período medio de pago a proveedores.

Desde el 1 de enero de 2015, fecha en la que entró en vigor la Ley 31/2014 de 4 de diciembre por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del Gobierno Corporativo, es aplicable la nueva redacción del artículo 539.2 L.S.C. que establece que:

 

2. Las sociedades anónimas cotizadas deberán disponer de una página web para atender el ejercicio, por parte de los accionistas, del derecho de información, y para difundir la información relevante exigida por la legislación sobre el mercado de valores. Asimismo, las sociedades anónimas cotizadas publicarán en dicha página web el periodo medio de pago a sus proveedores, y, en su caso, las medidas a que se refiere el último párrafo del artículo 262.1.

 

En virtud de lo establecido en la norma, las sociedades anónimas cotizadas en bolsa y aquellas empresas que, aún sin cotizar, no presenten cuentas anuales abreviadas deberán obligatoriamente publicar en la web de la empresa el período medio de pago a proveedores del ejercicio y, si este fuese superior al de 30 días establecido por la Ley 15/2010 (que modifica a la Ley 3/2004) de Medidas de Lucha contra la Morosidad, las medidas a adoptar para corregir dicha desviación del plazo legal a lo largo del siguiente ejercicio.

 

No establece la norma cómo ha de llevarse a cabo dicha publicación. Dentro de los ejemplos que hemos podido examinar parece que lo más correcto es hacerlo dentro de la Información Corporativa contenida en la página web de la compañía, añadiendo una pestaña que puede titularse “otra información financiera” y, dentro de esta pestaña, haciendo constar expresamente que se hace en cumplimiento de la Ley 31/2014 de 4 de diciembre, permitir el acceso independiente a: 1 – La memoria anual; 2 – El período medio de pago a proveedores.

 

En mi opinión, esta medida puede ser un instrumento útil para lograr el cumplimiento efectivo de la Ley de Medidas de Lucha contra la Morosidad ya que lo cierto es que, casi cinco años después de su publicación, los plazos medios de pago a proveedores distan aún bastante del plazo legalmente establecido con carácter imperativo.

 

 

 

 

 

 

 

Fdo: Gonzalo Quiroga Sardi

 

                                                                               Socio AGM ABOGADOS

 

                                                               Responsable COMISIÓN DE MOROSIDAD ASSET 
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