17 septiembre 2012
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Tres criterios de clasificación de las sucursales bancarias

 

 

Mario Cantalapiedra - Economista

 

Para la mayor parte de las entidades de crédito, la oficina o sucursal constituye el canal principal que utilizan para distribuir sus productos entre la clientela, a excepción lógicamente de aquellas entidades que operan sin sucursales. Esta oficina o sucursal bancaria la podemos definir como la dependencia que establece una entidad de crédito en un determinado lugar y que goza de ciertas atribuciones y autonomía con respecto a los servicios centrales. A ella se le asignan tanto objetivos de tipo cuantitativo (volumen de negocio, márgenes, resultados) como cualitativos (calidad en el servicio que presta).  

 

Los clientes de una entidad financiera suelen vincularse a una determinada sucursal, aunque puedan utilizar canales complementarios para operar con ella, tales como la banca electrónica o la telefónica, o incluso otras sucursales. La organización de la red de sucursales bancarias varía en función de aspectos tales como las características de la propia entidad financiera, la política comercial que llega a aplicar o la demografía de la posible clientela. En concreto, España se ha venido caracterizando por poseer una extensa red de oficinas bancarias, apoyada en la especialización bancaria en el negocio al por menor y en la dispersión de la población a nivel nacional. No obstante, la crisis ha puesto de manifiesto que esta red estaba sobredimensionada y prueba de ello es la cantidad de oficinas bancarias que están desapareciendo por todo el país.

 

Existen múltiples criterios para clasificar los tipos de sucursales bancarias, entre ellos me decanto por los tres siguientes:

 

1. En función de su ubicación geográfica:

  • Urbanas: Situadas en el casco urbano de una ciudad.
  • Rurales: Ubicadas en un entorno rural.
  • Industriales: Situada en polígonos o zonas industriales.

2. En función de sus atribuciones y autonomía:

  • Autónomas: Sucursales que pueden realizar transacciones con relativa libertad, las cuales contabilizan en sus propios estados contables.
  • Auxiliares: Aquellas que dependen de sucursales autónomas.
  • Cabeceras: En ellas se centralizan determinados tipos de operaciones como la recaudación de declaraciones de tipo fiscal o la de seguros sociales.

3. En función del tipo de producto comercializado:

  • Multiproducto: En las que se comercializan todo tipo de productos bancarios dirigidos también a todo tipo de clientes.
  • Especializadas: Aquellas en la que prevalece la oferta de productos bancarios diseñados para un tipo de clientela específico, como, por ejemplo, las oficinas de empresas
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