14 septiembre 2011

¿Qué es una pyme para Hacienda?

 

 

Mario Cantalapiedra - Economista

En muchas ocasiones hablamos de pequeñas y medianas empresas sin tener claro a qué tipo de compañías nos estamos refiriendo realmente. El problema es que sobre este colectivo no existe un régimen jurídico general ni un tratamiento unitario, por lo que según el criterio que se utilice para definirlo se podrá incluir en él a un mayor o menor número de organizaciones empresariales. Las pautas de clasificación más utilizadas en la definición de la pyme hablan del número de empleados, la facturación anual o el importe del balance a cierre de un ejercicio.

Por ejemplo, para la Administración Tributaria española el concepto de pyme se basa en la facturación anual que haya tenido la empresa. De tal modo que para entender lo que se considera pyme desde un punto de vista fiscal y siempre que pensemos en empresas que adopten una forma jurídica de carácter societario, debemos acudir al Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, el cual contempla un régimen fiscal especial para las que denomina empresas de reducida dimensión, consistente en la aplicación de distintos incentivos que tienen por nota común la reducción de la carga fiscal mediante el diferimiento de impuestos. Entre estas ventajas destaca la tributación a un tipo inferior al general, en concreto al 25 por ciento, para la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros.

Actualmente y según el artículo 108 del Real Decreto Legislativo 4/2004, se entiende por empresa de reducida dimensión “aquella cuyo importe neto de cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 10 millones de euros”. Este límite de facturación, como puedes ver en el cuadro que acompaña estas líneas, ha ido evolucionando a lo largo del tiempo elevándose paulatinamente y de manera considerable hasta la cifra comentada, la cual se encuentra en vigor para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2011.

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