16 junio 2023
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Novedades en los modelos de cuentas anuales de 2022

Desaparece la obligación de informar sobre los efectos del Covid en las cuentas anuales.

Mario Cantalapiedra - Economista

El BOE del pasado 30 de mayo publicó la Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. 

Esta normativa incorpora una serie de novedades que afectan a los tres modelos de presentación de las cuentas anuales individuales (normal, abreviado y pyme).


Eliminación de la hoja Covid

Desaparece la obligación de presentar la denominada hoja Covid, documento que fue incorporado de forma excepcional en las cuentas correspondientes a 2020 y 2021 con el objeto de conocer los efectos de la pandemia sobre las empresas y ayudar al Gobierno a implementar medidas de política económica.


Inclusión del porcentaje de mujeres en el órgano de administración

En la hoja correspondiente a los datos generales de identificación, a partir de ahora las empresas deberán informar sobre la proporción de mujeres en sus órganos de administración. En el caso de que exista un administrador único, habrán de indicar 0% o 100%, mientras que si cuentan con varios administradores (solidarios o mancomunados) o con un consejo de administración, habrán de señalar el porcentaje que corresponda.
 

Modificación de la hoja de titularidad real

En aplicación de una directiva europea relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales, se incluyen nuevos campos en la hoja de titularidad real para una mejor identificación de las personas físicas que ejercen el control de la empresa.
 

Modificación de la hoja medioambiental

Por último, se ha previsto que en la hoja medioambiental las empresas puedan informar de forma voluntaria sobre indicadores claves en esta materia como son los datos relativos a las emisiones de CO2 en sus tres categorías (directas de la empresa, indirectas consecuencia del consumo energético de la empresa e indirectas de proveedores y clientes de la cadena de valor), así como de los consumos de electricidad y agua.

La utilización de los modelos aprobados por esta resolución es obligatoria para las cuentas anuales que se presenten en el Registro Mercantil a partir de la fecha de su publicación en el BOE, por lo que las compañías que todavía no hayan depositado las cuentas correspondientes a 2022 deberán utilizarlos.
 

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