21 diciembre 2015
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Los apoderados de la empresa en la gestión del riesgo de crédito comercial

  

Mario Cantalapiedra - Economista

Es habitual que los administradores de una sociedad, a efectos de facilitar su operativa, nombren apoderados para que puedan actuar en nombre de la empresa a través de los denominados poderes notariales. Piensa que, nombrando apoderados, la sociedad se garantiza la posibilidad de realizar determinados actos, como puede ser, por ejemplo, el ingreso de un cheque en una cuenta bancaria o la firma de un contrato de venta, sin necesidad de que los administradores estén presentes.

Estos poderes notariales son documentos públicos, autorizados por un notario, en los que se deben especificar las atribuciones y la capacidad de actuación del apoderado. Éste, para que los actos en los que participe en representación de la empresa surtan efecto, deberá acreditar su cualidad de apoderado mediante la exhibición de la copia autorizada del poder que le habrá entregado la empresa. Por ejemplo, en el caso del ingreso de un cheque, se deberá mostrar ante el banco la copia del poder, antes de efectuarlo. Es importante señalar que el poder notarial tiene carácter unilateral, es decir, la empresa, a través de sus administradores, otorga a una persona la facultad de representarle sin que para ello necesite su autorización, o que dicha persona esté presente ante el notario en el momento del otorgamiento. Lógicamente los poderes se basan en la confianza de la empresa hacia la persona que le va a representar, y en el deseo de ésta de hacerlo.

El tema de la confianza no es menor y de ahí que la representación por parte del apoderado se pueda realizar de forma solidaria (independiente) o mancomunada (conjunta), en unión de uno o varios administradores o apoderados. Es decir, si el apoderado es solidario bastará con su única firma para representar a la empresa, mientras que si es mancomunado tendrá que firmar con otro u otros representantes legales. En cuanto a la inscripción de los poderes en el Registro Mercantil, será necesaria si se desean inscribir en él los actos o contratos que otorguen los apoderados.

En el análisis del riesgo de crédito comercial que se realice sobre una sociedad interesará conocer sus apoderados, así como las vinculaciones que puedan existir con otras sociedades a través de ellos. Los informes comerciales y, sobre todo, las nuevas herramientas de inteligencia de negocio, que permiten conocer tanto los apoderados vigentes de una empresa como aquellos otros que en algún momento lo fueron, facilitan esta labor.

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