19 noviembre 2012
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Las opciones del confirming y el riesgo de impago

 

 

Mario Cantalapiedra - Economista

En la operación de confirming una entidad financiera actúa como gestor en los pagos aplazados de un cliente a sus proveedores, pudiendo a elección de estos últimos anticipar el importe pendiente de cobro mediante la firma de un contrato-respuesta. En términos de asegurar la liquidez y evitar el impago del crédito comercial, esta operación puede ser más o menos interesante en función de la letra pequeña que incluya el contrato-respuesta remitido por la entidad financiera gestora y también del modo en que actúe el proveedor, pudiendo distinguirse las tres situaciones siguientes:

1. El confirming es sin recurso y la empresa proveedora anticipa el importe pendiente de cobro

Estamos ante la mecánica prevista en la idea original de esta operación de financiación, por la que la empresa proveedora anticipa el cobro y queda liberada de toda responsabilidad en caso de impago. La entidad financiera es quien asume la posible insolvencia del cliente y para el proveedor hay seguridad en el cobro de sus facturas.

2. El confirming es sin recurso y la empresa proveedora no anticipa el importe pendiente de cobro

Si el proveedor espera a cobrar a la fecha de vencimiento de las facturas y no anticipa, el contrato-respuesta que facilita la entidad financiera gestora ya avisa de que no existe compromiso por su parte de transferir los fondos correspondientes si en la cuenta del cliente no hay saldo. Por tanto, si se espera a vencimiento, a pesar de que el confirming sea en modalidad sin recurso, no hay seguridad en el cobro.

3. El confirming es con recurso

Variante de la operación que ha sido incorporada con la crisis y con el deterioro de la situación financiera que viven empresas y entidades financieras, la cual lleva a que la empresa proveedora, tanto si anticipa como si no lo hace, no tenga seguridad en el cobro de sus facturas. En el caso de que se anticipe, ante el impago del cliente la entidad financiera no asume la insolvencia y el confirming puede ser devuelto por el banco. Si el proveedor no anticipa y espera a vencimiento ocurre lo mismo que he comentado en el apartado anterior.

Por tanto, la única opción verdaderamente interesante a efectos de evitar el impago de las facturas es que el confirming sea sin recurso y el proveedor anticipe el crédito antes de su vencimiento.

 

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