14 abril 2021
mario-cantalapiedra-economista

Las empresas españolas tardan demasiado tiempo en reconocer que un crédito es moroso

Cuando una empresa o un profesional emite una factura a un cliente suele hacerlo con la confianza de que le será abonada en la fecha de vencimiento pactada. No obstante, es habitual, que se produzcan retrasos en el pago, que desde la perspectiva del acreedor pueden ser más o menos aceptables.

Cuando una empresa o un profesional emite una factura a un cliente suele hacerlo con la confianza de que le será abonada en la fecha de vencimiento pactada. No obstante, es habitual, que se produzcan retrasos en el pago, que desde la perspectiva del acreedor pueden ser más o menos aceptables.

Existen retrasos que pueden deberse a cuestiones de tipo administrativo o comercial (no emitir una factura de abono pendiente, no respetar un descuento previamente pactado, etcétera), los cuales suelen subsanarse con rapidez una vez se conocen y liberar el pago que pueda estar retenido. No obstante, hay otros retrasos, más preocupantes para la empresa acreedora, y tras los que se esconde la dificultad del cliente para pagar las facturas, o inclusive su voluntad de no hacerlo. Estos últimos suelen aumentar en épocas de crisis cuando aparecen problemas de liquidez en muchas empresas que antes no los tenían.

A estos efectos, las empresas españolas suelen tardar bastante tiempo en reconocer que un crédito es moroso, tal como muestran los resultados del Estudio de la Gestión del Riesgo de Crédito en España, que impulsan Crédito y Caución e Iberinform. Así, solamente catorce de cada cien empresas consultadas consideran que el cliente está en mora si no paga sus facturas llegado el vencimiento, mientras que la mayoría (37 por ciento) dejan pasar más de 90 días hasta considerar el crédito como moroso e iniciar acciones de recobro. Como ya he comentado en alguna otra ocasión, este comportamiento lo pueden explicar diferentes elementos, entre ellos el tratar de cuidar la relación comercial con los clientes, o el propio sentimiento de vergüenza que experimentan algunos empresarios en el momento de tener que reclamar el cobro de sus facturas. 

En cualquier caso, si pensamos que el transcurso del tiempo suele ir en contra de los intereses de la empresa acreedora, y a favor de los del deudor moroso, el plazo superior a 90 días no parece razonable, de tal modo que la recomendación no puede ser otra que tratar de acortarlo, eso sí, cuidando siempre la relación comercial con el cliente, al mismo tiempo que se hacen valer los derechos de la empresa. Desde luego, en épocas de dificultades como la actual debido a la pandemia, no parece oportuno relajar las gestiones de recobro, ante la mayor probabilidad que existe de no cobrar nuestras facturas.

 


 

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