19 abril 2010
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La necesidad de que exista un Código Ético de Buenas Prácticas en los Pagos

En los últimos años se ha producido un notable deterioro de las prácticas de pago en España, de modo que nuestro país se halla junto con Portugal y Grecia, a la cabeza de los estados con los mayores plazos de pago y peores prácticas de pago de toda la UE. Hay que tener en cuenta que el plazo medio de cobro en España está en torno a los cien días, pero en muchos sectores, como el de los materiales de construcción, los períodos medios de cobro superan los 200 días. Vale la pena decir que la Comisión Europea y la Directiva 2000/35/CE recomiendan que las operaciones comerciales entre empresas privadas se liquiden a los 30 días.

Por Pere J. Brachfield, Morosólogo y Socio Director de www.morosologia.com

 

En los últimos años se ha producido un notable deterioro de las prácticas de pago en España, de modo que nuestro país se halla  junto con  Portugal y Grecia, a la cabeza de los estados con los mayores plazos de pago y peores prácticas de pago  de toda la UE.  Hay que tener en cuenta que el plazo medio de cobro en España está en torno a los cien días, pero en muchos sectores, como el de los materiales de construcción, los períodos medios de cobro superan los 200 días. Vale la pena decir que la Comisión Europea y la Directiva 2000/35/CE recomiendan que las operaciones comerciales entre empresas privadas se liquiden a los 30 días.

 

Los estudios realizados para averiguar las causas de los retrasos en los pagos en España, evidenciaron que la  intencionalidad es una de las causas habituales de la morosidad. En muchos casos, el retraso en el pago se debe a que el cliente alarga deliberadamente el abono de la factura con el pretexto de que le falta liquidez por culpa de la crisis financiera. En pocas palabras, se están dando numerosos casos en los que los compradores podrían pagar antes pero no lo hacen porque no les da la gana. La razón por la que el cliente retrasa intencionalmente los pagos es que está financiando su ciclo de explotación a costa del proveedor, de modo que los proveedores se convierten en la principal fuente de pasivo a corto plazo sin coste.

 

Una de las estrategias que utilizan infinidad de empresas para financiarse a expensas de sus proveedores,  consiste en la implementación de mecanismos administrativos encaminados únicamente a prolongar de forma innecesaria los procesos de pago. El proveedor se ve atrapado en una ratonera burocrática que le obliga a invertir mucho tiempo hasta conseguir cobrar sus facturas.

 

Por tanto un gran generador de morosidad en España es un factor puramente ético. Además de las causas estructurales, legales, y coyunturales que la provocan, tenemos un problema de comportamiento ético a la hora de realizar los  pagos, puesto que en España no existe un código de conducta de las obligaciones de pago que actúe como referente.  La inexistencia de una guía deontológica en el cumplimiento de los pagos, ha dejado un vacío moral que permite la existencia de las malas prácticas. En consecuencia es necesario promover un código ético de comportamiento en los pagos puesto que la promulgación de leyes no será suficiente para que mejoren las prácticas de pago de las operaciones comerciales.

 

En este sentido, los legisladores han adoptado esta misma linea de pensamiento en el texto aprobado por la Comisión de Industria, Turismo y Comercio sobre la Proposición de Ley de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, tramitado con competencia legislativa plena, y que ha aparecido publicado en el BOE Número 169-16, de 19 de abril de 2010 incluye el siguiente apartado:

 

“Artículo 11. Transparencia en las buenas prácticas

 

comerciales.

 

Con el fin de velar por la plena transparencia en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley, las Administraciones Públicas promoverán la elaboración de Códigos de buenas prácticas comerciales, así como la adopción de sistemas de resolución de conflictos a través de la mediación y el arbitraje, siendo de adscripción voluntaria por parte de los agentes económicos.”

 

Por consiguiente nuestros legisladores han entendido la importancia de contar con Códigos éticos de conducta para las buenas prácticas de pago interempresariales. Hace algunos años en el Centro de Estudios de Morosología de EAE Business School, fuimos pioneros en este campo, y desarrollamos un Código Ético de buenas prácticas a la hora de pagar a los proveedores, que esperamos será de utilidad para este nuevo horizonte ético que surge en España en este momento gracias a la intervención del legislador y por medio del BOE.

 

Para más información sobre el tema se puede consultar la web www.morosologia.com.

 

 

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