14 octubre 2022
mario-cantalapiedra-economista

La ley contra la morosidad vigente en España

La preocupación por el incremento de la morosidad hace conveniente repasar los mecanismos legales que pueden ayudar a las empresas a combatir este problema.

Mario Cantalapiedra - Economista

En momentos donde la preocupación por la morosidad crece entre el tejido empresarial, parece adecuado recordar la legislación contra la morosidad existente, herramienta de defensa al alcance de las empresas que cómo tal debería utilizarse.

Legislación contra la morosidad
 

En España se encuentra en vigor la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Tiene por objeto combatir la morosidad (retraso en el pago) en el pago de deudas dinerarias, así como el abuso del deudor frente al acreedor en la fijación de los plazos de pago en las operaciones comerciales.

Es aplicable a operaciones comerciales que se realizan entre empresas, o entre empresas y administraciones públicas, pero no en aquellas donde intervienen consumidores.

Modificaciones de la Ley 3/2004
 

La Ley de morosidad ha sido bastante “parcheada” desde su publicación inicial, pudiendo contabilizarse hasta cinco modificaciones efectuadas a través de los textos legales siguientes:

  • Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
  • RD-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
  • Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
  • RD-ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial.
  • Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial.

Por tanto, su última actualización data del año 2014.

Plazo de pago legal
 

El plazo de pago legal entre empresas se encuentra establecido en 30 días naturales desde la fecha de recepción de los bienes o prestación de los servicios, ampliable hasta un máximo de 60 días naturales si hay pacto entre las partes.

Mecanismos de defensa para las empresas
 

La Ley 3/2004 recoge una serie de mecanismos de defensa que pueden utilizar las empresas ante la morosidad de sus clientes. Entre ellos, destacan los intereses de demora (los cuales surgen automáticamente si no se paga el día de vencimiento sin necesidad de aviso ni requerimiento previo), la indemnización por los costes de cobro (una cantidad fija de 40 euros a la que se pueden sumar todos los costes debidamente acreditados que superen dicha cantidad) y la reserva de dominio (cláusula que permite que los bienes no pasen a propiedad del deudor hasta su pago total).

¿Y qué ocurre con el reglamento sancionador?
 

La Ley contra la morosidad no cuenta con un reglamento sancionador que multe al infractor de los plazos legales. A pesar de que han existido múltiples intentos de sacarlo adelante, hoy sigue siendo solamente un proyecto. A su favor están los que creen que reduciría la morosidad ante la amenaza de la multa. No obstante, otros opinan que no arreglaría la situación, argumentando que el moroso que no esté dispuesto a pagar la factura en plazo tampoco afrontará una sanción.
 

Más opciones:

Publicaciones relacionadas