04 mayo 2015
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La inteligencia de negocio gana terreno como herramienta para gestionar el riesgo de crédito

 

 

Mario Cantalapiedra - Economista

Los datos aportados por el Octavo Estudio de la Gestión del Riesgo de Crédito en España, confirman que los informes comerciales siguen siendo las herramientas de gestión de riesgo de crédito preferidas por las empresas españolas. A continuación se recurre al seguro de crédito y los ratings internos (calificaciones predictivas sobre el riesgo de los clientes que se realizan desde la propia empresa), aunque lo que destaca en el estudio es el crecimiento de la utilización de herramientas de business intelligence (inteligencia de negocio), que hasta hace poco tiempo parecían reservadas solamente a las grandes empresas. La tecnología ha permitido un importante avance en la aparición y utilización generalizada de estas herramientas, las cuales permiten gestionar aspectos tales como el seguimiento de los clientes o sectores, la comparación de la empresa con sus principales competidores, la valoración de los problemas de liquidez y solvencia de los clientes, la investigación del potencial de compra de los posibles clientes, la búsqueda de nuevas oportunidades de negocio, el análisis de la evolución de la propia empresa con respecto al sector donde se ubica o la observación de la situación de los proveedores clave. A pesar de ello, también llama la atención que el 11 por ciento de los encuestados no utilice ninguna herramienta de gestión de riesgo de crédito.

 

En cuanto a la aplicación de intereses de demora se refiere, solamente un ocho por ciento de los encuestados declara aplicarlos siempre, a pesar del reconocimiento explícito que de ellos hace la legislación contra la morosidad. Un 41 por ciento declara aplicarlos a veces, mientras que más de la mitad de los encuestados, el 51 por ciento, nunca los aplica. Realmente el acreedor tiene derecho a ellos siempre que haya cumplido sus obligaciones contractuales y legales y no haya recibido a tiempo la cantidad debida, a menos que el deudor pueda probar que no es responsable del retraso. Esto es lo que dice la teoría, pero en la práctica “cuesta” mucho solicitar el pago de estos intereses a los clientes morosos.

 

Una pregunta habitual en las diferentes oleadas del estudio es la que hace referencia a la conveniencia de desarrollar un reglamento sancionador, que penalice los incumplimientos de la legislación contra la morosidad. En esta ocasión un 74 por ciento de los encuestados se muestra favorable a que dicho reglamento se desarrolle.

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