Información básica para el cliente en las plataformas de "crowdfunding"
Mario Cantalapiedra - Economista
Como se comenta en el preámbulo de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, la inversión en los proyectos que ofrecen las plataformas de financiación participativa o crowdfunding es intrínsecamente arriesgada, tanto porque el promotor que solicita la financiación puede ser incapaz de devolver o remunerar el dinero recibido, como porque la plataforma no garantiza en ningún momento la solvencia del promotor. En este sentido, la normativa legal proporciona una serie de herramientas que tratan de mitigar y gestionar el riesgo de esta inversión, entre las que se encuentran las obligaciones de información a las que quedan sujetas las plataformas.
En este ámbito destaca los cuatro elementos siguientes sobre los que las plataformas deben informar, en términos breves y sencillos, y en un lugar destacado de su página web de inicio, bajo un epígrafe denominado “Información básica para el cliente”: