25 febrero 2009

Iberinform se adhiere a Confianza Online

Confianza Online es un sello de confianza que permite que sus compras y actividad en Internet estén garantizadas, Iberinform, la compañía especializada en información comercial, financiera, de riesgo y bases de datos de marketing del Grupo Crédito y Caución y miembro de AECEM-FECEMD se adhiere al sello de Confianza Online por el que garantiza la seguridad de las transacciones de su plataforma de información y bases de datos.

Confianza Online es un sello de confianza que permite que sus compras y actividad en Internet estén garantizadas, Iberinform, la compañía especializada en información comercial, financiera, de riesgo y bases de datos de marketing del Grupo Crédito y Caución y miembro de AECEM-FECEMD se adhiere al sello de Confianza Online por el que garantiza la seguridad de las transacciones de su plataforma de información y bases de datos.

 

Iberinform y confianza Online

 

Confianza Online es un sello de confianza que permite que sus compras y actividad en Internet estén garantizadas, Iberinform, la compañía especializada en información comercial, financiera, de riesgo y bases de datos de marketing del Grupo Crédito y Caución y miembro de AECEM-FECEMD se adhiere al sello de Confianza Online por el que garantiza la seguridad de las transacciones de su plataforma de información y bases de datos.

 

Más datos sobre Confianza Online

 

CONFIANZA ONLINE es un sistema de autorregulación que nace con vocación de proyecto integral y con el objetivo de aunar las voluntades del mayor número de instancias profesionales dedicadas a la realización, fomento y defensa del desarrollo de la publicidad y el comercio en los nuevos medios.

 

Abarca tanto las comunicaciones comerciales como los aspectos contractuales derivados de las transacciones comerciales que las empresas realicen con los consumidores a través de Internet y otros medios electrónicos e interactivos.

 

La protección de datos personales también queda comprendida en el ámbito de regulación material del Código y del sistema de autorregulación de CONFIANZA ONLINE, por ser ésta un área que requiere de una adecuada salvaguarda en el desarrollo tanto de actividades publicitarias como de transacciones contractuales con los consumidores.

 

Por otro lado, también centra su atención en la protección de menores y adolescentes, así como en aspectos de accesibilidad, usabilidad y seguridad.

 

Comunicación ComercialComercio / transacciones económicas con consumidores y seguridadProtección de menoresAccesibilidad, usabilidad y fiabilidadPrivacidad y protección de datos¿CÓMO FUNCIONA?

 

El sistema de CONFIANZA ONLINE está basado en cuatro pilares:

 

1°) Un conjunto de normas deontológicas recogidas en el "Código Ético de Confianza Online".

 

2°) Un mecanismo de aplicación de esas reglas que se encarga de resolver las controversias y reclamaciones que se presenten. Este sistema se basa en la actividad de dos órganos: el Jurado de Autocontrol de la Publicidad, para todas las cuestiones relacionadas con las comunicaciones comerciales, privacidad, protección de datos y protección del menor, y la Junta Arbitral Nacional de Consumo, para las cuestiones de carácter contractual con los consumidores que se puedan suscitar, previo intento de mediación por parte de AECEM.

 

El Jurado de la Publicidad de AUTOCONTROL lleva en funcionamiento desde 1996, y el 25% de sus miembros. son nombrados de común acuerdo con el Instituto Nacional de Consumo en virtud del Convenio suscrito en enero de 1999 entre dicho organismo y AUTOCONTROL. El Jurado de la Publicidad, compuesto por expertos independientes de reconocido prestigio académico y profesional en los ámbitos del Derecho, la economía y las comunicaciones comerciales, actúa de acuerdo con lo dispuesto en su Reglamento para la resolución extrajudicial de controversias. Hasta la fecha ha resuelto cerca de 1600 reclamaciones en materia publicitaria.

 

La Junta Arbitral Nacional de Consumo, dependiente del Instituto Nacional del Consumo, en funcionamiento a raíz de la promulgación del Real Decreto 636/1993, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, encomienda a un Colegio Arbitral la resolución de las controversias, con el sometimiento voluntario de las dos partes en conflicto, y sus pronunciamientos tienen la eficacia de un laudo arbitral. La Junta Arbitral Nacional de Consumo se encargará de la resolución de las eventuales controversias que se presenten a la luz de este Código en relación con aspectos contractuales del comercio electrónico con consumidores, si el intento precio de mediación de AECEM no hubiera surtido efecto en un plazo de siete días desde la recepción por AECEM, de la reclamación presentada.

 

Tanto el Jurado de la Publicidad de AUTOCONTROL como la Junta Arbitral Nacional de Consumo, que forman parte de la Red EJE de la Comisión Europea, se rigen en su actuación por los principios de independencia, transparencia, contradicción, eficacia, legalidad, libertad de elección y derecho de representación por parte del consumidor, establecidos en la Recomendación 98/257/CE de la Comisión Europea.

 

3°) Una Secretaría – Conde de Peñalver 52, 1º D – 28006 Madrid – Tel.: 91 309 13 47; Fax: 91 402 98 24; E-mail: secretaria@confianzaonline.es que se encargará de los aspectos de tramitación y procedimientos así como de la gestión cotidiana del sistema de autorregulación y del Sello de Confianza, y a la que se dirigirán las reclamaciones presentadas por pretendidas infracciones de las normas de este Código.

 

4°) Y un Sello de Confianza que permita identificar a las empresas y compañías adheridas a este sistema de autorregulación.

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