28 diciembre 2022
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Facturación electrónica obligatoria para luchar contra la morosidad

La Ley Crea y Crece regula la obligación de emitir facturas electrónicas para empresas y autónomos.

Mario Cantalapiedra - Economista

El artículo 12 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (“Ley Crea y Crece”), impone la obligación a empresarios y autónomos de emitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales. En concreto, establece lo siguiente:

  • Obligación para todos los empresarios y profesionales autónomos de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales.
  • Obligación de que destinatarios y emisores de facturas electrónicas proporcionen información sobre los estados de la factura.
  • Las soluciones tecnológicas y plataformas ofrecidas por empresas proveedoras de servicios de facturación electrónica a los empresarios y profesionales deberán garantizar su interconexión e interoperabilidad gratuitas. De la misma forma, las soluciones y plataformas de facturación electrónica propias de las empresas emisoras y receptoras deberán cumplir los mismos criterios de interconexión e interoperabilidad gratuita con el resto de soluciones de facturación electrónica.
  • Durante un plazo de cuatro años desde la emisión de las facturas electrónicas, los destinatarios podrán solicitar copia de las mismas sin incurrir en costes adicionales.
  • Establecimiento de un programa de subvención para facilitar la contratación de productos y servicios de facturación electrónica y asegurar su implantación efectiva.
  • Previsión de un régimen sancionador de hasta 10.000 euros para las empresas que, estando obligadas a ello, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso de las personas que han dejado de ser clientes a sus facturas.

Entre los objetivos que persigue la Ley Crea y Crece con la promoción del uso de la factura electrónica, está el de luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales. Gracias a su obligatoriedad, las administraciones públicas podrán contar con información fiable sobre los plazos de pago efectivos entre empresas y autónomos. De este modo, podrán visibilizar con mayor facilidad a los empresarios que incumplen los plazos legales y, se supone, actuar en consecuencia.

Aunque la Ley Crea y Crece ya se encuentra en vigor, el apartado relativo a la facturación electrónica obligatoria empezará a aplicarse para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8 millones de euros en el plazo de un año desde la aprobación de su desarrollo reglamentario. Para el resto de empresarios y profesionales, se aplicará a los dos años de aprobarse el desarrollo reglamentario.
 

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