08 octubre 2012
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El número de identificación fiscal de las personas jurídicas

 

 

Mario Cantalapiedra - Economista

Las personas físicas (individuos) y las personas jurídicas (entidades) en el ámbito de sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria, han de identificarse a través de un número de identificación fiscal (NIF), el cual es asignado por la Administración Tributaria. Así, por ejemplo, en el caso concreto de las personas jurídicas, una sociedad anónima tendrá un NIF que comience por la letra A, una de responsabilidad limitada otro que empiece por la B y así sucesivamente. El NIF de una entidad, que le es asignado en el momento inicial, resulta desde todo punto invariable salvo que cambie su forma jurídica o su nacionalidad.

A efectos de su composición, el NIF de las personas jurídicas está formado por nueve caracteres, el primero de los cuales consiste en una letra que informa sobre la forma jurídica, si se trata de una entidad española o extranjera o de un establecimiento permanente de una entidad no residente en España. A continuación, el NIF se constituye por siete dígitos numéricos obtenidos de un modo aleatorio y, por último, por un carácter de control, que puede ser numérico o alfabético según sea la forma jurídica de la entidad en cuestión. A continuación te relaciono las claves correspondientes a las distintas fórmulas jurídicas:

A: Sociedades anónimas.

B: Sociedades de responsabilidad limitada.

C: Sociedades colectivas.

D: Sociedades comanditarias.

E: Comunidades de bienes y herencias yacentes.

F: Sociedades cooperativas.

G: Asociaciones.

H: Comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal.

J: Sociedades civiles, con o sin personalidad jurídica.

P: Corporaciones Locales.

Q: Organismos públicos.

R: Congregaciones e instituciones religiosas.

S: Órganos de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas.

U: Uniones Temporales de Empresas.

V: Otros tipos no definidos en el resto de claves.

N: Entidades extranjeras.

W: Establecimientos permanentes de entidades no residentes en España.

 

La clave V se configura como una especie de cajón de sastre donde incluir a las entidades que no tienen cabida de un modo específico en el resto de claves. Por otro lado, del listado anterior, sociedades colectivas, corporaciones locales, organismos públicos, congregaciones e instituciones  religiosas, órganos de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas, entidades extranjeras y establecimientos permanentes de entidades no residentes en España tienen una letra al final de su NIF, que actúa, como carácter de control. Para el resto de entidades, el NIF terminará siempre con un número.

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