09 mayo 2022
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Denuncia por falta de depósito de las cuentas anuales

Las personas interesadas pueden denunciar ante el ICAC la falta de depósito de las cuentas anuales de una empresa. 

Mario Cantalapiedra - Economista

El incumplimiento de la obligación de depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil puede conllevar el cierre de la hoja registral de la sociedad incumplidora, así como la imposición a esta de una sanción por parte del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), pero además es un hecho que puede ser “denunciado” por parte de personas interesadas.

¿Quién puede denunciar la falta de depósito?
 

La respuesta a una consulta sobre esta materia publicada por el ICAC en su Boletín Oficial (Consulta n.º 2 del Boletín n.º 107/2016), confirma la posibilidad de que personas interesadas presenten denuncias expresas sobre la falta de depósito de las cuentas anuales de una empresa, las cuales deberán atenerse a los requisitos establecidos en los artículos 62 al 64 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre los que destacan los siguientes:

“Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.

  1. Se entiende por denuncia, el acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que pudiera justificar la iniciación de oficio de un procedimiento administrativo.
  2. Las denuncias deberán expresar la identidad de la persona o personas que las presentan y el relato de los hechos que se ponen en conocimiento de la Administración. Cuando dichos hechos pudieran constituir una infracción administrativa, recogerán la fecha de su comisión y, cuando sea posible, la identificación de los presuntos responsables.
  3. Cuando la denuncia invocara un perjuicio en el patrimonio de las Administraciones Públicas la no iniciación del procedimiento deberá ser motivada y se notificará a los denunciantes la decisión de si se ha iniciado o no el procedimiento.(…)”.

 Es decir, las denuncias por este incumplimiento no pueden ser anónimas.

¿Cómo puede denunciarse la falta de depósito?
 

Las denuncias pueden presentarse de forma presencial en el propio registro del ICAC, por correo ordinario o certificado, o por internet en el registro de entrada electrónico de su web.
 

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