20 octubre 2014
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Datos que la CIRBE cede a las entidades financieras declarantes

 

 

Mario Cantalapiedra - Economista

Los datos que proporciona la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) sirven a las entidades financieras para analizar el endeudamiento de los clientes con los que ya trabajan y, en ocasiones, también de sus clientes potenciales. De este modo, para el caso de clientes actuales de la entidad, a los que les haya concedido crédito, la CIRBE remite mensualmente a cada entidad declarante (bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, sucursales en España de entidades de crédito extranjeras, establecimientos financieros de crédito, Instituto de Crédito Oficial, Banco de España, Fondo de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito, sociedades de garantía recíproca, sociedades de reafianzamiento, Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A y Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria), su información consolidada en todo el sistema, siempre que el cliente tenga un riesgo acumulado, a final de mes, en otra entidad declarante igual o superior a nueve mil euros.

Por su parte, para el caso de clientes potenciales, la CIRBE proporciona información de titulares no declarados que soliciten a la entidad una operación de riesgo o que figuren como obligados al pago o garantes en los documentos cambiarios (letra de cambio, pagaré, etcétera) o de crédito cuya adquisición o negociación se le soliciten. En este caso, la entidad tiene que demandar explícitamente la información al Banco de España, el cual facilitará dos tipos de informes: uno correspondiente a la última declaración mensual cerrada y otro que corresponde a la declaración cerrada seis meses antes. Esta información únicamente puede ser tratada por la entidad financiera para valorar el riesgo relacionado con las operaciones que justifican la solicitud, no pudiendo utilizarse para ningún otro fin.

Por otro lado, el Banco de España puede ceder los datos de la CIRBE a organismos o entidades públicas que cumplan funciones semejantes en un Estado miembro de la Unión Europea, así como a las entidades declarantes o miembro de los mismos, siempre que quede asegurada la sujeción, tanto del cesionario como de los datos cedidos, a reglas de uso, confidencialidad y protección de datos equiparables a los establecidos en la normativa española. Si dichos organismos o entidades están situados en un país no miembro de la Unión Europea, los datos cedidos sólo podrán referirse a personas jurídicas y a riesgos de empresarios individuales que actúen en el ejercicio de su actividad empresarial.

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