20 diciembre 2010
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Constitución de sociedades limitadas, más rápida y barata

  

 

Mario Cantalapiedra - Economista

Tratando de mejorar la competitividad del tejido económico español, el recientemente aprobado Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, incluye una serie de medidas que pretenden agilizar la constitución de sociedades y reducir su coste, en concreto, de las sociedades de responsabilidad limitada, forma jurídica que eligen mayoritariamente las pequeñas y medianas empresas a la hora de formalizar su constitución.

Con esta nueva legislación la constitución de las sociedades de responsabilidad limitada podrá llevarse a cabo, con carácter general, en un plazo máximo de uno a cinco días, apoyándose en las nuevas tecnologías, y exceptuando solamente aquellos casos en que la elevada cuantía del capital o una estructura de socios compleja exijan un examen más detallado.

De este modo, una sociedad limitada que no supere los 3.100 euros de capital social y sus estatutos se adapten a los aprobados por el Ministerio de Justicia (de tipo estándar), podrá constituirse en un solo día, con unos costes de 60 euros por la participación del notario, más 40 euros por la labor del registrador, es decir, un coste total de 100 euros, y utilizando procedimientos telemáticos en todos los trámites necesarios. A los efectos de los estatutos de tipo estándar, pueden utilizarse los recogidos en la también reciente Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos-tipo de las sociedades de responsabilidad limitada. Estos Estatutos-tipo podrán utilizarse por las sociedades de responsabilidad limitada constituidas por uno o varios socios cuando reúnan las siguientes cuatro características:

 

  • La constitución de la sociedad se realice por vía telemática.
  • El capital social no sea superior a 3.100 euros.
  • Los socios sean personas físicas
  • El órgano de administración sea un administrador único, varios administradores con facultades solidarias o dos administradores con facultades mancomunadas.

Por su parte, una sociedad limitada que no supere los 30.000 euros de capital social, podrá constituirse en un máximo de cinco días, con unos aranceles notariales de 150 euros y unos gastos registrales de 100 euros, es decir, un coste de 250 euros en total.

Esperemos que estas medidas ayuden a mejorar la competitividad del tejido económico, como se pretende desde el Gobierno, desde luego no parece que sean malas para aquellos valientes que pretenden montar una empresa en la actual situación.

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