24 febrero 2012
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Comparativa del préstamo participativo con otras fórmulas de financiación

 

 

Mario Cantalapiedra - Economista

El préstamo participativo, como ya he comentado en este blog, es un instrumento financiero que se encuentra a caballo entre el capital social y el préstamo a largo plazo, caracterizado por la participación de la entidad financiera prestamista en la evolución del negocio de la empresa prestataria y que se podría decir es relativamente poco conocido. Se me ocurre que puede resultar interesante estudiarlo mediante su comparación con otras fórmulas financieras alternativas que pueden sonarte más como el préstamo tradicional o el capital riesgo.

En primer lugar, frente al préstamo tradicional que puede conceder por ejemplo un banco, el participativo se diferencia en respetar más el ciclo económico de la empresa, ajustando el pago de intereses a sus resultados. Te recuerdo que en este tipo de préstamo una parte de los intereses varía en función de la actividad de la compañía prestataria, normalmente medida por el beneficio que sea ésta capaz de generar. En el resto de préstamos, la empresa que ha recibido el dinero tendrá que pagar los mismos intereses tenga beneficios o pérdidas. También se diferencia del préstamo bancario en que la única garantía que suele exigirse para conceder los fondos es la solvencia del proyecto empresarial, así como del equipo al frente de su gestión, eso sí, ambas serán analizadas con el máximo detalle. Además a los efectos de valorar la solvencia financiera de la empresa, el préstamo participativo, debido a su rango de exigibilidad subordinado a cualquier otro préstamo u obligación que se tenga, es asimilable a sus recursos propios, algo que evidentemente no pasa con el préstamo que concede un banco.

En segundo término, frente al capital riesgo presenta la diferencia fundamental de que la entidad prestamista no pretender la toma de participaciones en la compañía que financia, le interesa que su actividad evolucione positivamente para así cobrar más intereses, pero no persigue participar en su capital. De igual modo, podría decirse que el préstamo participativo elimina el proceso de valoración de la empresa a través de la due dilligence, por la que de un modo exhaustivo se comprueba la veracidad de la información contenida en el plan de negocio, así como el posterior proceso de desinversión de las participaciones. No obstante, es posible que se exija auditoría de cuentas en función de cuál sea el importe del préstamo participativo solicitado y a pesar de que legalmente la empresa prestataria no esté obligada a ella.

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