El 45% de las empresas activas según los registros oficiales no tiene actividad

09 NOVIEMBRE 2023
Iberinform
estudios

De acuerdo con los datos de Iberinform, los registros oficiales acumulan casi 1.758.000 empresas registralmente activas que no publican actos ni depositan cuentas. 

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El 45% de las empresas españolas que los registros oficiales consideran activas no tienen realmente actividad, según los datos de un estudio realizado por Iberinform, la filial de Crédito y Caución, que proporciona soluciones de gestión de clientes para las áreas de finanzas, riesgos, marketing y ventas e internacional. El equipo de analistas de Iberinform ha identificado cerca de 1.758.000 empresas españolas registralmente activas que no han publicado actos ni depositado cuentas en los registros oficiales durante los últimos años. 
 


 

Los datos por comunidades autónomas muestran que Canarias es la Comunidad Autónoma que presenta una mayor tasa de inactividad (48%) entre sus empresas registralmente activas. Le siguen Andalucía (47%), Comunidad Valenciana (46%), Murcia (46%) y Ceuta y Melilla (45%). La Rioja (27%) es la comunidad española con un menor porcentaje de inactividad entre las empresas registralmente activas, seguida de Navarra (32%), Aragón (34%), País Vasco (34%), Castilla y León (35%), Extremadura (36%), Galicia (38%), Cantabria (38%), Baleares (39%), Cataluña (40%), Asturias (41%), Castilla-La Mancha (41%) y Madrid (43%).
 


Al examinar el número de empresas que han depositado sus cuentas anuales en el Registro Mercantil, se observa una caída del 6% desde el máximo histórico registrado en 2007 hasta el último ejercicio completo, correspondiente a 2021. El incumplimiento de la obligación de depósito puede suponer importantes consecuencias para la empresa, entre ellas, el cierre provisional de la hoja registral, lo que impide inscribir en el Registro Mercantil ningún documento salvo alguna excepción como el cese o dimisión de los administradores, la motivación para calificar un concurso de acreedores como culpable, la posibilidad de que tanto la propia empresa como sus socios o acreedores reclamen a los administradores los daños y perjuicios causados por el no depósito o la imposición de fuertes multas por parte del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

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